Contrato de fianza

El contrato de fianza es una convención que dice de garantía personal en virtud de la cual un tercero, ajeno al negocio principal garantizado, se compromete a responder, subsidiaria o solidariamente, del cumplimiento ante el acreedor, en lugar del deudor, que es el obligado principal, para el caso en que este no cumpla.[1]​ El contrato de fianza es básicamente gratuito y consensual, pues se perfecciona por la simple manifestación de voluntad del fiador aceptada por el acreedor, ya lo quiera y lo conozca el deudor, o incluso aunque lo ignore.

  1. «Fianza». Enciclopedia jurídica. Consultado el 22 de noviembre de 2014. 

© MMXXIII Rich X Search. We shall prevail. All rights reserved. Rich X Search